lunes, 18 de noviembre de 2013

CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS


* Alis Miyori Ayachi Pezo # 3
* Lesly Karel Curi Villalobos # 9

CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS

En cada corregían de nuestro país existen ecosistemas de distinto tipo y extensión. El Estado las protege a través de la constitución de áreas protegidas, que buscan controlar su uso y promover la investigación científica y el manejo responsable del medio.

LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (ANP)

Estos espacios están destinados, por decisión del Estado, a la preservación de su entorno y de las especies vivas que las habitan. Se clasifican de acuerdo con el nivel de protección que se establece sobre ellas:

  • Parque nacional: áreas que constituyen muestras representativas de las grandes unidades ecológicas del país. 

  • Santuarios nacionales: áreas donde se protege el hábitat de una especie o una comunidad de flora y fauna, como las formaciones naturales de interés científico o paisajismo de alcance nacional.

  • Santuarios históricos: áreas que no solo protegen espacios naturales relevantes, sino que además constituyen el entorno de muestras de patrimonio monumental y arqueológico del país, también se desarrollan hechos importantes de la historia nacional.

  • Reservas nacionales: áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y a la utilización sostenible de los recursos de flora y fauna silvestre.

  • Refugios de vida silvestre: áreas destinadas a la protección de las características naturales específicas, así como a la protección de especies de flora y fauna silvestre.

  • Bosques de protección: áreas destinadas a proteger las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua.

  • Cotos de caza: áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna mediante la caza deportiva regulada.
  • Reservas comunales: áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna en beneficio de las poblaciones rurales vecinales.

  • Reservas paisajistas: áreas que protegen ambientes cuya integridad geográfica muestra equilibrio entre el hombre y la naturaleza.

  • Zonas reservadas: áreas transitorias en las que se realizan estudios complementarios para determinar si constituyen áreas protegidas.





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